May 14, 2024 PCSD Weekly Notifications
- mayo 14th, 2024
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Información sobre la Ley de Baja Familiar y Médica (FMLA)
La Ley de Permisos Médicos y Familiares (FMLA) ofrece a los empleados que reúnan los requisitos necesarios una cantidad limitada de permisos no retribuidos y protegidos por el puesto de trabajo cuando el empleado sufra un acontecimiento que cumpla los requisitos. Los empleados que se acojan a la FMLA deben tener la intención de volver al trabajo al final del permiso.
Para ser elegible para FMLA usted debe tener un acontecimiento que califica y haber sido empleado con PCSD durante 12 meses o haber trabajado 1250 horas dentro de un año rodante, precediendo el primer día de la licencia solicitada para FMLA.
Las circunstancias por las que se puede solicitar la baja FMLA incluyen: nuevo bebé
Nacimiento de un hijo o cuidado de un recién nacido (12 semanas como máximo).
Colocación en su domicilio de un niño en adopción o acogida (12 semanas como máximo).
Su propio estado de salud grave (12 semanas como máximo).
Para cuidar de su cónyuge, hijo o progenitor con una enfermedad grave (12 semanas como máximo).
Exigencia cualificada - permiso cuando un cónyuge, hijo, hija o progenitor del trabajador se encuentra en servicio activo o tiene orden de ser llamado al servicio militar en las Fuerzas Armadas. (12 semanas como máximo). Se requiere la documentación apropiada.
Permiso por cuidado de un miembro del servicio - El empleado que sea cónyuge, hijo, hija, padre, madre o pariente más cercano de un miembro del servicio o veterano cubierto. (26 semanas como máximo en un periodo de 12 meses).
Todos los saldos de licencia deben utilizarse simultáneamente con cualquier tiempo libre FMLA. FMLA correrá concurrentemente con STML. Porque PCSD es una facilidad educativa, la licencia FMLA intermitente no puede ser apoyada. FMLA será aprobado continuamente por 12 semanas.
Antes de regresar de un permiso prolongado, el empleado debe presentar la documentación necesaria e informar al Departamento de Recursos Humanos antes de reincorporarse al trabajo. Los empleados deben presentarse a trabajar inmediatamente después de que expire el permiso concedido o a la hora indicada por el alta médica. Si se concede el permiso y un empleado de permiso no regresa del permiso el día indicado en la solicitud original del empleado o en una extensión aprobada, el empleado será disciplinado de acuerdo con la política del Distrito.
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